SUPUESTO PRÁCTICO SEGURIDAD SOCIAL

INCAPACIDAD

La empresa «TNO» inició su actividad el 14 de junio de 2013. Es una de las empresas más importantes de la provincia de Cáceres, ya que emplea a un total de 502 trabajadores. «TNO» se dedica al transporte internacional de tulipanes cultivados en Asia. En este momento, «TNO» no tiene beneficios en la cotización.
Marta trabaja como telefonista. Pertenece al grupo de cotización 7 y está encantada con su trabajo en «TNO», que desempeña con gran eficiencia desde hace más de 10 años. Marta percibe normalmente 1.000 euros en concepto de sueldo base, 120 euros en concepto de prima de seguro de responsabilidad civil, además de dos pagas extraordinarias por importe de 840 euros cada una. En marzo de 2025 percibió un abono extraordinario por contraer matrimonio, de 500 euros y realizó 10 horas extras durante ese mes por las que percibió otros 500 euros.
El 14 de junio de 2025 es operada de una pequeña deformación cutánea que le apareció desde que trabaja cono telefonista en TNO. Se encuentra en situación de baja médica hasta el 31 de octubre de 2025.

¿Cuál será la base de cotización por contingencias comunes de Marta para el mes de marzo de 2025?:

 
 
 
 

La empresa «TNO» inició su actividad el 14 de junio de 2013. Es una de las empresas más importantes de la provincia de Cáceres, ya que emplea a un total de 502 trabajadores. «TNO» se dedica al transporte internacional de tulipanes cultivados en Asia. En este momento, «TNO» no tiene beneficios en la cotización.

Marta trabaja como telefonista. Pertenece al grupo de cotización 7 y está encantada con su trabajo en «TNO», que desempeña con gran eficiencia desde hace más de 10 años. Marta percibe normalmente 1.000 euros en concepto de sueldo base, 120 euros en concepto de prima de seguro de responsabilidad civil, además de dos pagas extraordinarias por importe de 840 euros cada una. En marzo de 2025 percibió un abono extraordinario por contraer matrimonio, de 500 euros y realizó 10 horas extras durante ese mes por las que percibió otros 500 euros.

El 14 de junio de 2025 es operada de una pequeña deformación cutánea que le apareció desde que trabaja cono telefonista en TNO. Se encuentra en situación de baja médica hasta el 31 de octubre de 2025.

 

¿Qué contingencia habrá causado la incapacidad temporal de Marta?:

 

 
 
 
 

La empresa «TNO» inició su actividad el 14 de junio de 2013. Es una de las empresas más importantes de la provincia de Cáceres, ya que emplea a un total de 502 trabajadores. «TNO» se dedica al transporte internacional de tulipanes cultivados en Asia. En este momento, «TNO» no tiene beneficios en la cotización.

Marta trabaja como telefonista. Pertenece al grupo de cotización 7 y está encantada con su trabajo en «TNO», que desempeña con gran eficiencia desde hace más de 10 años. Marta percibe normalmente 1.000 euros en concepto de sueldo base, 120 euros en concepto de prima de seguro de responsabilidad civil, además de dos pagas extraordinarias por importe de 840 euros cada una. En marzo de 2025 percibió un abono extraordinario por contraer matrimonio, de 500 euros y realizó 10 horas extras durante ese mes por las que percibió otros 500 euros.

El 14 de junio de 2025 es operada de una pequeña deformación cutánea que le apareció desde que trabaja cono telefonista en TNO. Se encuentra en situación de baja médica hasta el 31 de octubre de 2025.

 

¿Cuál será la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal de Marta del proceso iniciado el 14 de junio de 2025?:

 

 
 
 
 

La empresa «TNO» inició su actividad el 14 de junio de 2013. Es una de las empresas más importantes de la provincia de Cáceres, ya que emplea a un total de 502 trabajadores. «TNO» se dedica al transporte internacional de tulipanes cultivados en Asia. En este momento, «TNO» no tiene beneficios en la cotización.

Marta trabaja como telefonista. Pertenece al grupo de cotización 7 y está encantada con su trabajo en «TNO», que desempeña con gran eficiencia desde hace más de 10 años. Marta percibe normalmente 1.000 euros en concepto de sueldo base, 120 euros en concepto de prima de seguro de responsabilidad civil, además de dos pagas extraordinarias por importe de 840 euros cada una. En marzo de 2025 percibió un abono extraordinario por contraer matrimonio, de 500 euros y realizó 10 horas extras durante ese mes por las que percibió otros 500 euros.

El 14 de junio de 2025 es operada de una pequeña deformación cutánea que le apareció desde que trabaja cono telefonista en TNO. Se encuentra en situación de baja médica hasta el 31 de octubre de 2025.

 

¿Cuál será el importe total del subsidio de incapacidad temporal percibido por Marta cuyo abono estuvo a cargo de «TNO» por imperativo legal?:

 

 
 
 
 

La empresa «TNO» inició su actividad el 14 de junio de 2013. Es una de las empresas más importantes de la provincia de Cáceres, ya que emplea a un total de 502 trabajadores. «TNO» se dedica al transporte internacional de tulipanes cultivados en Asia. En este momento, «TNO» no tiene beneficios en la cotización.

Marta trabaja como telefonista. Pertenece al grupo de cotización 7 y está encantada con su trabajo en «TNO», que desempeña con gran eficiencia desde hace más de 10 años. Marta percibe normalmente 1.000 euros en concepto de sueldo base, 120 euros en concepto de prima de seguro de responsabilidad civil, además de dos pagas extraordinarias por importe de 840 euros cada una. En marzo de 2025 percibió un abono extraordinario por contraer matrimonio, de 500 euros y realizó 10 horas extras durante ese mes por las que percibió otros 500 euros.

El 14 de junio de 2025 es operada de una pequeña deformación cutánea que le apareció desde que trabaja cono telefonista en TNO. Se encuentra en situación de baja médica hasta el 31 de octubre de 2025.

 

¿A partir de qué fecha se iniciará la percepción del subsidio de incapacidad temporal de Marta?:

 

 
 
 
 

Lorena es la recepcionista de la empresa y pertenece al grupo 5 de cotización. Su retribución habitual es de 1.200 euros de sueldo base y 100 euros de complemento de productividad. También tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias por un importe de 1.200 euros cada una de ellas. El 1 de junio de 2025 da a luz a su segundo hijo, pasando ese día a disfrutar del descanso por nacimiento y cuidado del menor. No obstante, ha solicitado la percepción de la prestación a tiempo parcial (50%) desde el momento en el que esto sea posible.

¿Cuál es la base de cotización por contingencias profesionales de Lorena para el mes de mayo de 2025?:

 
 
 
 

Lorena es la recepcionista de la empresa y pertenece al grupo 5 de cotización. Su retribución habitual es de 1.200 euros de sueldo base y 100 euros de complemento de productividad. También tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias por un importe de 1.200 euros cada una de ellas. El 1 de junio de 2025 da a luz a su segundo hijo, pasando ese día a disfrutar del descanso por nacimiento y cuidado del menor. No obstante, ha solicitado la percepción de la prestación a tiempo parcial (50%) desde el momento en el que esto sea posible.

¿Cuál será la base reguladora de la prestación por nacimiento y cuidado del menor de Lorena?:

 
 
 
 

Lorena es la recepcionista de la empresa y pertenece al grupo 5 de cotización. Su retribución habitual es de 1.200 euros de sueldo base y 100 euros de complemento de productividad. También tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias por un importe de 1.200 euros cada una de ellas. El 1 de junio de 2025 da a luz a su segundo hijo, pasando ese día a disfrutar del descanso por nacimiento y cuidado del menor. No obstante, ha solicitado la percepción de la prestación a tiempo parcial (50%) desde el momento en el que esto sea posible.

¿A partir de qué fecha podrá solicitar Lorena el descanso a tiempo parcial?:

 
 
 
 

Marco trabaja en el almacén y pertenece al grupo 7 de cotización. Entre sus funciones habituales no se encuentra la de manejar el toro mecánico, ya que su función consiste en revisar que todas las estanterías se encuentren perfectamente colocadas. No obstante, el 1 de julio de 2025 ve como unas cajas tienen serio riesgo de caerse y se sube al toro mecánico para colocarlas. Como quiera que no está acostumbrado al uso de esta máquina, sufre un accidente que le tiene en situación de baja médica desde el 1 de julio hasta el 12 de octubre de ese mismo año.

Teniendo en cuenta los datos del supuesto, ¿qué denominación tendrá la contingencia que ha causado la incapacidad temporal de Marco?:

 
 
 
 

Marco trabaja en el almacén y pertenece al grupo 7 de cotización. Entre sus funciones habituales no se encuentra la de manejar el toro mecánico, ya que su función consiste en revisar que todas las estanterías se encuentren perfectamente colocadas. No obstante, el 1 de julio de 2025 ve como unas cajas tienen serio riesgo de caerse y se sube al toro mecánico para colocarlas. Como quiera que no está acostumbrado al uso de esta máquina, sufre un accidente que le tiene en situación de baja médica desde el 1 de julio hasta el 12 de octubre de ese mismo año.

¿A partir de qué fecha podrá percibir Marco la prestación de incapacidad temporal?:

 
 
 
 

Marco trabaja en el almacén y pertenece al grupo 7 de cotización. Entre sus funciones habituales no se encuentra la de manejar el toro mecánico, ya que su función consiste en revisar que todas las estanterías se encuentren perfectamente colocadas. No obstante, el 1 de julio de 2025 ve como unas cajas tienen serio riesgo de caerse y se sube al toro mecánico para colocarlas. Como quiera que no está acostumbrado al uso de esta máquina, sufre un accidente que le tiene en situación de baja médica desde el 1 de julio hasta el 12 de octubre de ese mismo año.

¿Qué porcentaje de prestación de incapacidad temporal percibirá Marco el día 5 de julio de 2025?:

 
 
 
 

Oliver es soltero y no tiene cargas familiares. Antes de su incorporación a «TNO» había trabajado como autónomo. Desde el mes de junio de 2025, «TNO» viene reteniéndole parte del salario mensual en aplicación y cumplimiento de una diligencia de embargo salarial, notificada por la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, por una deuda de 3.956 euros que mantenía con esta entidad por impago de cuotas. El importe salarial líquido que le hubiera correspondido percibir a Oliver en el mes de junio, de no haberse efectuado dicha retención, ascendía a 1.500 euros. No tiene otros ingresos o rentas de ningún tipo.

A tenor de los datos contenidos en el supuesto y teniendo en cuenta que en 2025 el salario mínimo interprofesional está fijado en 1.134 euros mensuales, indique la cuantía que debió retener «TNO» sobre el salario del mes de junio de Oliver, para ponerlo a disposición de la Unidad de Recaudación Ejecutiva:

 
 
 
 

Oliver es soltero y no tiene cargas familiares. Antes de su incorporación a «TNO» había trabajado como autónomo. Desde el mes de junio de 2025, «TNO» viene reteniéndole parte del salario mensual en aplicación y cumplimiento de una diligencia de embargo salarial, notificada por la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, por una deuda de 3.956 euros que mantenía con esta entidad por impago de cuotas. El importe salarial líquido que le hubiera correspondido percibir a Oliver en el mes de junio, de no haberse efectuado dicha retención, ascendía a 1.500 euros. No tiene otros ingresos o rentas de ningún tipo.

En caso de accidente o enfermedad, ¿podrá causar Oliver el derecho a percibir el subsidio de incapacidad temporal, teniendo en cuenta la deuda que mantiene con la Seguridad Social?:

 
 
 
 

Las cuotas de los trabajadores correspondientes a febrero de 2025 (150.600 euros) y a marzo de 2025 (140.700 euros) no fueron ingresadas dentro del plazo reglamentario, aunque sí fueron presentados los documentos de cotización en dicho plazo, no se realizaron correctamente las liquidaciones. En el mes de junio de 2025, «TNO» ingresó ambas deudas.

En relación con el procedimiento recaudatorio y de conformidad con el Reglamento General de Recaudación, ¿qué documento procede expedir, por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social tras el ingreso en junio por «TNO» de las cuotas de febrero y marzo de 2025?:

 
 
 
 

Las cuotas de los trabajadores correspondientes a febrero de 2025 (150.600 euros) y a marzo de 2025 (140.700 euros) no fueron ingresadas dentro del plazo reglamentario, aunque sí fueron presentados los documentos de cotización en dicho plazo, no se realizaron correctamente las liquidaciones. En el mes de junio de 2025, «TNO» ingresó ambas deudas.

En el supuesto en que el documento expedido por la TGSS, mencionado en la pregunta anterior, se hubiera notificado el 14 de julio de 2025, ¿cuál será el plazo de ingreso del importe exigido?:

 
 
 
 


Explicación